diumenge, 2 de novembre del 2014

El pacto contra la corrupción


La historia, por tozuda, se repite. El partido que está en el Gobierno, en el momento actual el PP, se ve salpicado por escándalos relacionados con la corrupción (Gürtel, Brugal, papeles de Bárcenas, tarjetas 'black', Púnica, etc...). Tras ello se ve obligado a reaccionar y propone un gran pacto contra la corrupción con el principal partido de la oposición, en éste caso el PSOE. Éste se niega a pactar con el partido del Gobierno por entender que 'no se puede pactar con la corrupción'.

Ésto ya sucedió en los 90 cuando el PSOE, salpicado con la financiación ilegal (caso Filesa), ofrecía un pacto contra la corrupción con el PP el cual se negaba en redondo. A finales de los 90 era la historia al revés y 'mutatis mutandi' se repetía la comedia. Y el 'y tu más' siempre de por medio con la excepción de que en el momento actual el caldo de cultivo social es el propicio como para echar del poder a ambos partidos por entender que son la misma cosa en lo esencial. El pez que se muerde la cola.

¿Como pueden pactar aquellos que llevan desde el año 1982 repartiéndose el poder? ¿Como el lobo puede cuidar a las gallinas? ¿De qué manera se pretende pactar por parte de aquellos que se creen parte de la solución cuando realmente son parte del problema? ¿Como van a elaborar unas leyes que deben poner coto a sus prácticas corruptas? ¿Como dar solución a una corrupción del sistema que ellos mismos han creado y gestionado políticamente?

Caso Filesa, caso Ibercorp, caso Eres, caso Pretoria (PSOE-PSC) por una parte. Caso Naseiro, caso Brugal, caso Palma Arena, Gürtel, Bárcenas, Púnica (PP) por otra. También IU y CiU tienen su parte. Es un insulto a la inteligencia que pretendan que pensemos que son 'conductas individuales', siempre lobos solitarios que van por libre y que dañan la imagen del partido por sus intereses egoístas. No. No nos lo tragamos. Ya no. Si A nombra a B y B incurre en una conducta corrupta la culpabilidad es de B pero la responsabilidad política también es de A. En los países anglosajones lo tienen meridianamente claro.

En Derecho Penal, sobretodo en los delitos societarios, pueden llegar a ser responsables penalmente las personas jurídicas (en éstos casos el PP y el PSOE) y con mayor trascendencia tras la introducción, con la reforma del Código Penal (CP) de 2010, del artículo 31bis. Es decir, por seguir con el ejemplo, si B incurre en una conducta presuntamente delictiva “en el ejercicio de actividades sociales y por cuenta y provecho” del partido (A), el partido será penalmente responsable si no ha ejercido el “debido control” sobre él.

Es decir, si el PP o el PSOE no han ejercido el debido control sobre las personas que estaban sujetas a su autoridad (habrá que leer bien los Estatutos de los partidos vigentes a la fecha de cometerse las presuntas conductas delictivas) el partido, según el art. 31bis del CP será penalmente responsable. Por tanto el extremo de que el Partido Popular pretenda, por enésima vez, desmarcarse de las conductas cometidas por personas individuales sometidas a su autoridad, arguyendo que actuaban por su cuenta y riesgo no es admisible con el actual marco legislativo en materia penal. Sobretodo a partir de 2010.

¿Parece claro que los partidos políticos pueden ser responsables políticamente? A la luz de el art. 31bis del CP lo parece. Pero si atendemos al último párrafo del citado artículo nos damos de cruces con la realidad, dispone:

Las disposiciones relativas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas no serán aplicables […] a los partidos políticos y sindicatos...” Entre otros. Vemos como de nuevo quienes deben elaborar las leyes son los mismos que las aprueban en su beneficio.

Mucho espectro social es el que piensa que deben marcharse. Deben dejar paso a una regeneración pero no protagonizada, ni mucho menos, por ellos. Abrir puertas y ventanales para que entre un poco de aire al cargado ambiente que existe en las alcantarillas del Estado. La Justicia debe actuar con celeridad y contundencia. El Ministerio Fiscal o acusación pública debe servir para su finalidad recogida en el art. 1 de su Estatuto Orgánico que establece:

El Ministerio Fiscal tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales, y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.”

No valen 'parches' como el Real Decreto publicado ayer en el BOE que parece que aumentaba los Magistrados y Jueces cuando principalmente se asignaban plazas fijas a quienes no las tenían. Hay demasiado anhelo de Justicia, demasiado interés social en que los casos de corrupción que asolan la confianza entre la ciudadanía y sus gobernantes se esclarezcan y que el peso de la ley caiga con toda su contundencia a quienes no han sido dignos, presuntamente, de ostentar cargos públicos y gestionar los intereses de todos los ciudadanos y ciudadanos.

¿Regeneración democrática? Sí. ¿Pacto contra la corrupción? Por supuesto. Pero bajo ningún concepto capitaneado por aquellos que nos han traído hasta aquí. PP y PSOE deben marcharse antes que tarde y dejar paso a la verdadera regeneración, aquélla que los bote del poder. 

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